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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2260/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2260/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    II.5.

    II.5.  Por memorial presentado el 28 de junio de 2008, el Alcalde Municipal de Santa Cruz, formuló recurso de apelación contra los Autos 383 de 3 de junio y 394 de 18 de junio, ambos de 2008, pidiendo se revoque y deliberando en el fondo se declare improbada la demanda de la parte contraria (fs. 23 a 26 vta.).

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • a)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
    • III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
    • “accionante”
    • en que no sea posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada se mantendrá la denegatoria
    • III.3.
    • de forma o subsanables
    • el elemento fáctico aludido (conjunto de hechos) y su calificación jurídica (derechos o garantías supuestamente violados) constituyen lo que la doctrina denomina genéricamente 'la causa de pedir'; causa de pedir que debe ser claramente precisada y delimitada por el recurrente
    • el Juez de tutela está obligado a conferir solamente lo que se le ha pedido
    • sino explicar la relación de causalidad entre los hechos denunciados y el derecho
    • nótese que
    • POR TANTO

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