SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2260/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2260/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.3.

A los fines de que el Tribunal Constitucional pueda realizar un análisis objetivo y conforme a derecho de las causas sometidas a su conocimiento, el justiciable debe previamente cumplir con la carga procesal que la Ley del Tribunal Constitucional y la jurisprudencia constitucional le atribuyen, en ese sentido, debe cumplir a cabalidad con todos y cada uno de los requisitos que son necesarios para ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, a efecto que las causas sean resueltas con certeza, en base a los elementos que aporte el o los accionantes.