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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2260/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2260/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    POR TANTO

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición de los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve:

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • a)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
    • III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
    • “accionante”
    • en que no sea posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada se mantendrá la denegatoria
    • III.3.
    • de forma o subsanables
    • el elemento fáctico aludido (conjunto de hechos) y su calificación jurídica (derechos o garantías supuestamente violados) constituyen lo que la doctrina denomina genéricamente 'la causa de pedir'; causa de pedir que debe ser claramente precisada y delimitada por el recurrente
    • el Juez de tutela está obligado a conferir solamente lo que se le ha pedido
    • sino explicar la relación de causalidad entre los hechos denunciados y el derecho
    • nótese que
    • POR TANTO

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