SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2271/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2271/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

27 de febrero de 2008

Contra dicha determinación, el 27 de febrero de 2008, la ahora accionante, hizo uso del recurso de revocatoria, pidiendo que se anulen obrados hasta que sea citada con la denuncia y/o prueba del proceso administrativo que dio lugar al referido memorándum, dado que se le habría provocado indefensión e inmediatamente se la restituya en sus funciones; ante lo cual, el Director General Ejecutivo de la UCP, codemandado en la presente acción, ratificó el memorándum impugnado, mediante CITE: MH/UCP/DGE/170/2008 de 12 de marzo, manifestando que su destitución se debió a que el informe UCP-DGE-405/2007 de 31 de diciembre, elaborado por la Jefa de la Unidad Administrativa Financiera del Ministerio de Hacienda, puso su cargo a disposición con la finalidad de contar con personal idóneo, motivo por el que se autorizó el inicio de reclutamiento de personal para dicho cargo. Luego el 11 de marzo de 2008, Mónica Gómez López, planteó recurso jerárquico, a lo cual, mediante proveído de 12 del mismo mes y año, la autoridad administrativa que resolvió el recurso de revocatoria, ordenó su devolución con el argumento que se presentó contraviniendo el art. 66.I y II de la LPA, por lo que, la accionante ratificó su recurso jerárquico el 20 de marzo del mismo año, el que se desestimó por parte de la autoridad jerárquica (Ministro de Hacienda) mediante RM 165 de 24 de abril de 2008, con el argumento que se planteó con anterioridad al vencimiento del plazo para resolver el recurso de revocatoria y sin que hubiera operado el silencio administrativo negativo.