Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2306/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.2.
II.2. Por Resolución Municipal HCMG 043/2005 de 25 de septiembre, se evidencia que el Concejo Municipal de Guanay, designó al recurrente en el cargo de Alcalde Municipal de Guanay, Capital de la Segunda Sección de la provincia Larecaja del departamento de La Paz, por la gestión 2005 al 2010 (fs. 4).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Sobre la reconsideración de las resoluciones municipales
- III.4. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- III.5.El juez natural como elemento del debido proceso y el recurso directo de nulidad
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.7.
- REVOCAR