Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2345/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción y competencia conferidos por los art. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 025/2008 de 4 de junio, cursante de fs. 175 a 178 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; y en consecuencia DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- I.2.3 Intervención de la representación del Ministerio Público
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5
- II.6
- II.8
- II.9
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad
- III.4
- III.5. Necesidad de demostrar el estado de indefensión
- coincidencia entre la autoridad que presuntamente causó la violación de los derechos y aquella contra quien se dirige la acción
- corresponde precisar que la aplicación de esta sub-regla de derecho no puede tener alcances ilimitados,
- a)
- III.7
- III.7.1.
- III.7.2.
- la indefensión absoluta y manifiesta
- APROBAR