Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2374/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Efectuada la audiencia pública el 26 de noviembre de 2008, con la concurrencia del abogado del recurrente quién estuvo ausente, las autoridades militares recurridas, excepto del correcurrido Vocal del Tribunal Permanente de Justicia Militar, Freddy Herbas y con la concurrencia de la representante del Ministerio Público, según consta en el acta de fs. 137 a 142 de obrados, se produjeron los siguientes actuados:
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- Presidente del Tribunal Permanente de Justicia Militar
- Vocales de la Sala de Casación y Única Instancia del Tribunal Supremo de Justicia Militar
- procedente en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.3. Acción de libertad y debido proceso
- III.3.1. Jurisdicción Militar y la estructura orgánica de los Tribunales de Justicia Militar
- III.3.2. Normativa procesal que regula los procesos penales militares
- III.3.3. Aplicabilidad de la Ley 1970, en los procesos penales militares
- Fragmento 18
- III.4. El caso en examen
- a)
- 1)
- 2)
- procedente
- APROBAR