SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2374/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
Presidente del Tribunal Permanente de Justicia Militar
El recurrido Raúl Córdova Cardozo, por sí y en representación del Presidente del Tribunal Permanente de Justicia Militar, Gral. Gonzalo Suárez Selum, en audiencia manifestó: a) El recurrente mediante sentencia 07 de 17 de agosto de 2007, fue condenado por el delito de homicidio a la pena de cuatro años de prisión militar, teniendo en cuenta que según la ley militar la pena está comprendida de uno a diez años; sien embargo, la Sala de Apelación y Consulta por Auto de Vista de 4 de diciembre 2007, modificó la Sentencia imponiéndole la pena de ocho años, manteniéndose firme y subsistente al no haberse admitido el recurso de casación, ejecutoriándose el Auto de Vista; y, b) La función del Presidente, Vocal, Auditor Fiscal y Secretario es incompatible con el ejercicio de otro cargo con excepción de la labor codificadora y de la cátedra universitaria, el Secretario de Cámara al momento de hacer juramento de dicho cargo no tiene ningún impedimento porque no hay otro cargo que ejerza, por lo que se desvirtúa lo previsto en el art. 83 del CPP aludido, además que desconocen que el Secretario de Cámara esté patrocinando causas dentro de la jurisdicción militar ni ordinaria, no se tiene evidencias, pidiendo se rechace el presente recurso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- Presidente del Tribunal Permanente de Justicia Militar
- Vocales de la Sala de Casación y Única Instancia del Tribunal Supremo de Justicia Militar
- procedente en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.3. Acción de libertad y debido proceso
- III.3.1. Jurisdicción Militar y la estructura orgánica de los Tribunales de Justicia Militar
- III.3.2. Normativa procesal que regula los procesos penales militares
- III.3.3. Aplicabilidad de la Ley 1970, en los procesos penales militares
- Fragmento 18
- III.4. El caso en examen
- a)
- 1)
- 2)
- procedente
- APROBAR