SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2391/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2391/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

II.13.

II.13. El 27 de diciembre de 2008, el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal y cautelar del Distrito Judicial de La Paz, en suplencia legal, señaló que “Regularizando procedimiento se deja sin efecto la providencia de fecha 24 de diciembre de 2008, debiendo imprimirse el trámite del recurso de apelación incidental interpuesto por el señor Oscar Ramiro Quisbert Alarcón recordándole al impetrante que por regla general los recursos de apelación tendrán efecto suspensivo conforme lo determina el art. 396 numeral 1 del Código de Procedimiento Penal” (sic) (fs. 58).