Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2398/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con esos antecedentes interpone amparo constitucional contra Visente Osinaga Sanabria, Cirilo Willy Ribera Cuellar, Florencio Ticlla Felipe y Adhemar Álvarez Pedraza, Concejales del Municipio de Pampagrande; solicitando se declare procedente el recurso, se anulen las Resoluciones Municipales emitidas con posterioridad a la Resolución 008/2007, es decir las Resoluciones 24/2007 y 25/2007, quedando vigente la Resolución Municipal 009/2006 y en consecuencia se cumpla con la Sentencia de 19 de abril emitida por el Juez de Partido de Vallegrande, con costas, daños y perjuicios.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- Fragmento 18
- SC 0150/2010-R
- le hacemos saber que para la próxima Sesión del 05 de noviembre se pondrá nuevamente en consideración su solicitud y le responderemos conforme a decisión de plenario
- FJ III.2
- de tal manera que estas autoridades o ente municipal, tenga la posibilidad de efectuar un nuevo análisis y reconsidere la decisión asumida, y sólo agotado dicho medio impugnativo, si persiste la lesión a derechos fundamentales puede acudir a la acción de amparo constitucional
- 2º