SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2466/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, señala que a raíz de un operativo realizado el 7 de mayo de 2000, donde se incautaron sustancias controladas y se aprendieron a varias personas, su representado resultó involucrado, disponiéndose la apertura del proceso penal contra el grupo de aprehendidos y contra Francisco Quispe Mamani en calidad de rebelde; quienes fueron condenados a la pena de diez años de presidio, por Sentencia dictada por los jueces demandados, Resolución que no fue impugnada por ninguna de las partes y, mucho menos por el abogado defensor de oficio; colocándolo en estado de indefensión, vulnerando con ello las reglas del debido proceso, de la igualdad, así como su derecho a la defensa lo que decantó en una condena y consiguiente privación de libertad que rotula de ilegal. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- II.9
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- conceder la tutela
- III.3.Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad
- III.4
- III.5. Necesidad de demostrar el estado de indefensión
- III.5. Análisis del caso de autos
- la indefensión absoluta y manifiesta
- APROBAR