Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2466/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
la indefensión absoluta y manifiesta
En consecuencia queda fehacientemente demostrado que el ahora accionante no sólo conocía plenamente sobre el proceso iniciado en su contra, sino que también se utilizaron los medios legales de comunicación judicial a efectos de poner en su conocimiento los actuados correspondientes, siendo atribuible a su propia inactividad las circunstancias que ahora reclama; por ello, no corresponde otorgar la tutela solicitada ya que en el caso de autos no se presentan en forma concurrente los dos supuestos reconocidos por la jurisprudencia constitucional, esto es, la indefensión absoluta y manifiesta, y que dichos actos sean la causa directa de la privación, o restricción a la libertad física.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- II.9
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- conceder la tutela
- III.3.Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad
- III.4
- III.5. Necesidad de demostrar el estado de indefensión
- III.5. Análisis del caso de autos
- la indefensión absoluta y manifiesta
- APROBAR