SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2489/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2489/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

II.5.

II.5.  El 22 de septiembre de 2008, “en ejercicio del derecho a la defensa” (sic), Esteban Callapa Herrera interpuso ante la Jueza recurrida, una excepción de extinción de la acción penal, fundamentada en el concluido plazo de duración de la etapa preparatoria y en virtud a los arts. 16 de la CPEabrg y 27 inc.10), 28, 134 y 308 inc.4) del CPP; que fue corrida en traslado a la parte querellante y al Ministerio Publico, según proveído del día siguiente (fs. 71 y vta.). La Jueza recurrida mediante Auto de 26 de igual mes y año, resolvió declarándola improbada, en mérito a que aún no se inició la etapa preparatoria por ausencia de notificación al coimputado; en ese sentido, dispuso la prosecución del proceso penal hasta su conclusión, advirtiendo la posibilidad de recurrir la decisión asumida en el término de tres días, conforme al art. 123 del CPP (fs.72 y vta.).