Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2517/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 003/2009 de 6 de mayo, cursante de fs. 46 a 47 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- Fragmento 7
- a)
- c)
- d)
- f)
- fue presentado el 26 de diciembre de 2008
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3.La prueba en la cesación de la detención preventiva y el caso en revisión
- excepcionalmente,
- con los elementos de convicción necesarios
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR