Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2524/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.2.
II.2. La Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, como Tribunal de garantías, el 11 de febrero de 2008, resolvió el recurso de amparo constitucional, por razón de la Resolución 02/08 que lo concede declarando nulo el Auto refutado debiendo dictarse una nueva resolución conforme a los principios de pertinencia, motivación y congruencia (fs. 53 a 54 vta. del anexo).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.4.1. Sobre la revisión de la interpretación de la legalidad ordinaria, siendo atribución privativa de la jurisdicción común
- III.4.3.
- III.4.4. Análisis del caso concreto
- III.5.1. Principio procesal de verdad material consagrado en la Constitución Política del Estado vigente
- III.5.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte