Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2592/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.1.
II.1. Mediante documento de compromiso de pago de 27 de julio de 2006, por patentes gestiones 2002, Jaime Fernando Vargas Delos representante legal de la Empresa Graftec se comprometió a cancelar el monto adeudado de Bs 42 442.- por exhibición publicitaria de varias vallas publicitarias (fs. 10 a 11).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. De la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.3. Del recurso de revocatoria
- que el recurso de revocatoria establecido en el art. 140 de la LM, es un medio de impugnación idóneo, en contra de todo acto administrativo de naturaleza municipal
- III.4. Análisis del caso de autos
- POR TANTO
- 2º