SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2592/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2592/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.3.

II.3. La nota de 9 de julio de 2008 señala que el compromiso suscrito unilateralmente de 27 de julio de 2006 no puede ser considerado como un contrato y ley entre partes, debido a que se está tratando de materia tributaria y recordándole que un contrato debe cumplir con los requisitos descritos en el art. 452 del Código Civil (CC), en ese sentido el Gobierno Municipal de La Paz tiene amplias facultades de control, verificación, fiscalización e investigación de los tributos de cualquier gestión (fs.8).