SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2592/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, ahora accionantes, denuncian que se están vulnerando los derechos de la empresa que representan a la “seguridad jurídica”, a trabajar y a dedicarse al comercio, a la industria o a cualquier actividad lícita, a la petición y a la defensa, por las autoridades municipales demandadas, toda vez que habiendo solicitado permiso de publicidad para la gestión 2008, fue negada, por cuanto se observa que existirían deudas pendientes de la gestión 2002 por concepto de pago de patentes, lo que no es evidente, además se observa la falta de pago de dos FUMs, sin tomar en cuenta que la empresa cumple todos los requisitos que se exigen en estos casos. Corresponde dilucidar en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. De la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.3. Del recurso de revocatoria
- que el recurso de revocatoria establecido en el art. 140 de la LM, es un medio de impugnación idóneo, en contra de todo acto administrativo de naturaleza municipal
- III.4. Análisis del caso de autos
- POR TANTO
- 2º