Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2625/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.2.
II.2. Por memorial de 12 de octubre de 2004, Carlos Oropeza Cárdenas, querellante en el proceso penal seguido en contra de los recurrentes, señala las piezas procesales a ser fotocopiadas, dictándose el proveído respectivo por el cual se complementa el testimonio de apelación de la cuestión prejudicial planteada por los recurrentes; actuados con los que nuevamente son notificados el 18 de octubre de 2004 (fs. 810 a 811).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. El debido proceso y el derecho a contar con una resolución motivada
- SC 0943/2010-R, 17 de agosto
- III.3. Análisis del caso concreto
- En el hipotético caso de que hubiere
- APROBAR