SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2625/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, manifiesta que los recurridos vulneraron los derechos fundamentales de sus representados, puesto que le negaron un incidente de nulidad interpuesto de su parte, con el fundamento de que existiendo fallos ejecutoriados, la vía ordinaria no es la instancia para declarar su nulidad, salvo en la vía constitucional, decisión que además no tiene la suficiente fundamentación, y es contradictoria dado que ingresa al fondo, pero en la parte resolutiva declara inadmisible e ilegal el recurso de apelación; como también añade una serie de supuestos vicios procesales e indefensión que no fueron advertidos por el Juez de apelación. Consiguientemente, corresponde analizar en revisión, si corresponde o no otorgar la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. El debido proceso y el derecho a contar con una resolución motivada
- SC 0943/2010-R, 17 de agosto
- III.3. Análisis del caso concreto
- En el hipotético caso de que hubiere
- APROBAR