SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2662/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2662/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

III.4. El recurso directo de nulidad como vía idónea para impugnar la falta de competencia de autoridades y funcionarios públicos

         Por lo que, se concluye que el recurso directo de nulidad, “…es una acción jurisdiccional en tanto su conocimiento está encargado a un órgano judicial, el cual resolverá en forma definitiva una demanda presentada por un ciudadano o una autoridad pública. En consecuencia la declaración de la nulidad no está sujeta a la valoración subjetiva que pueda realizar cualquier ciudadano o incluso una determinada autoridad pública, ya que no son éstas ni aquellos los que pueden definir cuándo una autoridad actuó sin jurisdicción o sin competencia” (ASBÚN ROJAS, Jorge, La Justicia Constitucional en Bolivia, 1998-2003, 775 p).