Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2687/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Instalada la audiencia pública, a horas 10:00, del 28 de noviembre de 2008, conforme consta en el acta cursante de fs. 119 a 121 vta., en presencia de la recurrente, asistida de su abogado, del Juez recurrido, Basilio Cruz Chilo y del apoderado del tercero interesado, asistido de su abogado; y en ausencia de los correcurridos Vocales de la Sala Civil Primera y Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, Renán Jiménez Sempértegui y Virginia Rocabado Ayaviri y del representante del Ministerio Público, se produjeron los siguientes actuados:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Denegatoria de la acción de amparo constitucional por actos libre y expresamente consentidos
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Sobre la ordinarización del proceso coactivo civil
- APROBAR