SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2708/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2708/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

III.2. Improcedencia del amparo frente a actos consentidos

El art. 96.2 de la LTC, contempla entre las causales de improcedencia del recurso de amparo, el hecho de consentir de manera libre y expresa los actos o hechos que se denuncien como ilegales, es decir que existan muestras de sometimiento frente al acto, decisión o resolución que se impugna de ilegal, lo cual resulta un contrasentido, dado que si hay sometimiento voluntario palpable o demostrable, no se puede posteriormente tachar de ilegal el acto al que se ha sometido.