SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2722/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2722/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

e)

e) Cuestionándose la competencia de un juez vía excepción, se discute la validez del proceso, por lo cual la resolución que recaiga sobre dicha excepción, se pronunciará sobre el proceso y no sobre el derecho discutido en él, siendo por tanto un Auto Interlocutorio simple y no sentencia, toda vez que no pone fin al litigio en la forma como fue demandada, sino permite que dicha controversia sea sustanciada en otros ámbitos de resolución de controversias, así ha entendido sobre la naturaleza de los autos interlocutorios la SC 0343/2005-R de 12 de abril.