Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2722/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
La recurrente interpone recurso de amparo constitucional contra Javier Percy Bravo Arroyo, Ricardo Alarcón Pozo, Vocales de la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y Walker Zamorano Castro, Juez Décimo Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial, del mismo Distrito Judicial; solicitando concedan la tutela demandada y se deje sin efecto el segundo proceso ejecutivo, seguido por “MUGEBUSC” en su contra, en el Juzgado Décimo Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial, con daños y perjuicios.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- 1)
- 2)
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. El amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- garantías jurisdiccionales y acciones de defensa
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 28
- III.4. El caso concreto analizado
- son hechos controvertidos que podían ser subsanados
- APROBAR