SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2734/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2734/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

5)

5)Lo expresado por la accionante, en sentido que el dinero cuyo saldo reclaman la devolución, fue depositado en cuentas particulares a plazo fijo en el BIDESA, para evitar retenciones y/o embargos judiciales, constituye presuntamente la admisión de fines fraudulentos, que no pueden ser objeto de tutela constitucional, por el contrario deberán ser objeto de investigación en la jurisdicción ordinaria, debiendo el Tribunal de garantías remitir antecedentes al Ministerio Público a los fines consiguientes.