SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2794/2010 -R
Fecha: 10-Dic-2010
pidió se deje sin efecto el mandamiento de apremio
Sin embargo, del citado informe de la autoridad demandada, presentado el 11 de diciembre de 2008, se advierte que esta también informó que adjuntado el certificado de depósito judicial 0586938 por Bs111115.- (se entiende el obligado, mandante de los accionantes) pidió se deje sin efecto el mandamiento de apremio, por lo que mediante Auto de 10 de diciembre de 2008, dispuso el pago a favor del beneficiario y dejó sin efecto el mandamiento de apremio ordenado, ya que el demandado en ningún momento fue recluido en la cárcel pública; de lo que se advierte que el representado convalidó y aceptó todo lo obrado en el proceso, incluyendo las Resoluciones de las autoridades demandas, que estaban siendo cuestionadas a través de esta acción, siendo esa, posiblemente la razón por la que incluso, no se presentaron a la audiencia de consideración de amparo constitucional llevada a cabo el 11 de febrero, convencidos de que la misma iba a ser denegada.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3.
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- “concederá”
- III.3. De los actos consentidos de manera libre y expresa
- acto
- III.4. Análisis del caso de autos
- estas resoluciones judiciales, están viabilizando en este estado del proceso nulo, la solicitud de mandamiento de apremio en contra de nuestro mandante
- pidió se deje sin efecto el mandamiento de apremio
- tiene como única función garantizar la libertad individual,
- APROBAR