SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2796/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2796/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

II.8.

II.8.  Por Auto de 28 de agosto de 2008, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de Quillacollo, emitido en conocimiento de la apelación interpuesta contra la Resolución de 12 de junio de 2007, que aprobó la liquidación dentro del proceso ejecutivo seguido por la ahora recurrente contra María Elena Canedo de Gamboa, anuló obrados hasta que se cite con la demanda y el Auto Intimatorio a la demandada, sin costas, haciendo uso de la facultad conferida por el art. 15 de la LOJabrg, fundamentó que no se evidencia en los antecedentes remitidos a su conocimiento la citación con la demanda y el Auto Intimatorio a la ejecutada, por lo que en aplicación del art. 247 de la LOJabrg, corresponde anular obrados (fs. 53).