SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2804/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
a)
Los recurrentes plantean recurso de amparo constitucional contra René Pabón Ortuño y Aida Lúz Maldonado Bocángel, Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior; y, Ada Luz Fernández de Bass Werner, Jueza Sexta de Partido en lo Civil y Comercial, todos del Distrito Judicial de La Paz; pidiendo sea declarado procedente y se disponga: a) La Nulidad de la Resolución 87/2007 de 22 de agosto y restituyendo sus derechos y garantías constitucionales; b) La nulidad del Auto de Vista 454/2007 de 27 de noviembre, dictado por los Vocales de la Sala Civil Primera; y, c) Por el costo de la presente acción y otros, el resarcimiento de daños y perjuicios a demostrarse en ejecución de sentencia, en aplicación del art. 102.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
La Resolución 87/2007 de 22 de agosto, unifica dos aspectos jurídicos diferentes: a) Al tratar el incidente de nulidad de autos planteado por el accionante, es un auto interlocutorio simple y su tratamiento se adecúa a lo que establece el art. 220 del CPC; y b) Al aprobar el desistimiento presentado por la entidad coactivante a favor del accionante, es un auto interlocutorio definitivo que da fin al proceso coactivo.
El Auto de Vista 454/2007, sin ingresar en mayores consideraciones, anula el Auto que concede la apelación contra la Resolución 87/2007, con el fundamento de que es un auto interlocutorio simple y que la Jueza a quo, no debía aceptar la apelación, por estar fuera del plazo establecido por el 216 del CPC.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- .
- Fragmento 22
- III.3.3. De la prosecución del proceso
- APROBAR