Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2804/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.3.
II.3. La Jueza Sexta de Partido en lo Civil y Comercial, emite la Sentencia 249/2001 de 7 de junio, declarando probada la demanda (fs. 10 y vta.); la misma se hace conocer a los coactivados con la correspondiente notificación el 14 de diciembre de 2001 (fs. 11). Mediante Resolución interlocutoria 1192/2003 de 10 de diciembre, se dispone la adjudicación del primer bien inmueble ofrecido en garantía a favor del Banco Mercantil S.A. por la suma de $us11 756.- (once mil setecientos cincuenta y seis 00/100 dólares estadounidenses) (fs. 12).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- .
- Fragmento 22
- III.3.3. De la prosecución del proceso
- APROBAR