SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2804/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.5.
II.5. El demandado Zenón Guzmán Mejía, en la vía incidental, solicita se apruebe el desistimiento presentado por el Banco Mercantil S.A. y la nulidad de los Autos de 14 de julio, 18 de septiembre y 24 de noviembre de 2004, puesto que prosiguen con la ejecución de sentencia sin tomar en cuenta que al presentar el desistimiento, el titular ha renunciado a todos sus derechos voluntariamente, por tanto se estaría forzando la prosecución del proceso (fs. 21 a 22). El Banco Mercantil Santa Cruz S.A., responde a la nulidad planteada en forma negativa y pide se rechace el incidente, con costas y multa de ley (fs. 23 a 24 vta.). Dentro del plazo incidental de seis días, comunes y perentorios a las partes, Zenón Guzmán Mejía, ofrece como prueba documentada, el desistimiento cursante en obrados y solicita se dicte resolución al no haber objeción ni presentación de pruebas por parte de la entidad coactivante (fs. 27 a 29).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- .
- Fragmento 22
- III.3.3. De la prosecución del proceso
- APROBAR