SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2804/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2804/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

II.4.

II.4. El Banco Mercantil S.A. mediante su representante legal, presenta desistimiento del proceso coactivo; los recurrentes aceptan el mismo solicitando su aprobación en toda forma de derecho (fs. 13 y vta.); Así también solicita mandamiento de desapoderamiento del bien inmueble adjudicado a su favor e inscrito en Derechos Reales (DD.RR.), bajo la matrícula computarizada 2.01.4.01.0047476 de 27 de mayo de 2004 (fs. 15). La Jueza recurrida, mediante Auto de 14 de julio de 2004, determina la notificación a los ocupantes o poseedores para que en el plazo de diez días procedan a la entrega del bien inmueble reclamado (fs. 17); El mandamiento de desapoderamiento es ejecutado en fecha 8 de septiembre de 2005, por la Oficial de Diligencias del Juzgado, quien hace entrega del inmueble al adjudicatario Banco Mercantil S.A., en presencia de notario de fe pública (fs. 20 y vta.).