SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2826/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, alegó que las personas recurridas, hoy demandadas, han vulnerado los derechos de la empresa que representa al juez natural, a la tutela efectiva, a la garantía del debido proceso, por cuanto procedieron al trámite de constitución de Tribunal Arbitral, sin considerar ni tomar en cuenta el contenido de las cláusulas duodécima segunda y duodécima tercera del instrumento público 99/2006; que se tramita en el Juzgado Décimo Quinto de Instrucción en lo Civil del Distrito Judicial de Santa Cruz, un proceso de rendición de cuentas seguido por “ODENAL” S.A. contra Claudio Fernández Fawaz, con trámite pendiente de un recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad del art. 12.III de la LAC; en el Juzgado Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial del mismo Distrito Judicial, se encuentra radicado un proceso ordinario de nulidad de cláusula arbitral seguido por “ODENAL” S.A. contra “SIO” S.A., en el que se demandó la declaratoria de nulidad de la cláusula compromisoria, sobre la que se pretende constituir el Tribunal Arbitral. En consecuencia, corresponde analizar en revisión, si los extremos demandados son evidentes y si se debe o no otorgar la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- primer acto ilegal
- Tercer acto ilegal
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- ii)
- iv)
- 2)
- 3)
- 4)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3.La acción de amparo constitucional y el recurso directo de nulidad
- es un mecanismo de protección eficaz y pertinente para el resguardo del derecho al debido proceso en todos sus elementos incluido el juez natural, pero, solamente en sus elementos imparcialidad e independencia
- III.4. Caso concreto analizado
- REVOCAR