SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2834/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2834/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

a)

a) El Consorcio Accidental Apolo participó en el proceso de contratación para realizar el “Estudio de factibilidad y/o Diseño Final Impacto Ambiental mejoramiento del camino empedrado Monteagudo Rosario del Ingre”  CUCE 08-0351-0094068-1-1, licitado por la Prefectura del departamento de Chuquisaca; proceso licitatorio dentro del cual mediante Resolución Administrativa (RA) 139/2008 de 13 de junio, la nombrada entidad contratante, adjudicó el proyecto a favor del Consorcio Accidental “APOLO” por el monto de Bs935 999,50.- (novecientos treinta y cinco mil novecientos noventa y nueve 50/100 bolivianos) y luego de cumplido el plazo para que se haga uso de los recursos administrativos, por nota de 10 de junio de 2008, la entidad contratante solicitó al Consorcio la documentación original o fotocopias legalizadas conforme a lo exigido en la propuesta, señalando al efecto el plazo de diez días hábiles para su presentación, además de solicitar la presentación de las garantías para la suscripción del contrato.

Cumplida la entrega de la documentación exigida dentro de los plazos establecidos la entidad licitante notificó al Consorcio Accidental “APOLO” con la RA 173/2008 de 24 de septiembre, firmada por el Secretario de Obras Públicas, que anuló el proceso de contratación, motivando la presentación de los recursos administrativos correspondientes previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo, mereciendo el rechazo de los mismos con argumentos que no se ajustan al marco legal, procediendo a publicar nuevamente la licitación a pesar de haberse solicitado la suspensión, prosiguieron con el proceso, hasta adjudicar a otras empresas, dando lugar a un proceso paralelo con los perjuicios que significan para el Consorcio Accidental “APOLO” al que representan.