SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2884/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2884/2010-R

Fecha: 17-Dic-2010

II.4.

II.4.  La notificación que adjunta el recurrente para demostrar que el recurso fue presentado dentro del plazo de seis meses previsto al efecto, consiste en la diligencia practicada una vez devueltos los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia; es decir, la asentada con el decreto de cúmplase en la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que erradamente consigna “notifiqué con el Auto Supremo Nº 48 de 27-I-07 y decreto de fs. 249” (sic), que se realizó el 22 de junio de 2007 (fs. 27).