SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2891/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2891/2010-R

Fecha: 17-Dic-2010

II.1.

II.1.  De fs. 2 a 3 vta., cursa la escritura de transferencia 84/2007 de 6 de diciembre, de una oficina en propiedad horizontal, signada con el número 507, del quinto piso del edificio “De Ugarte Ingeniería”, ubicado en la calle Loayza 255 de la ciudad de La Paz, efectuada por Sergio José Paz Soldán Martinic -quien la adquirió de acuerdo con la escritura pública 81/2004 de 14 de junio, de Luis Adolfo De Ugarte Navia (fs. 55 a 56 vta.)- a favor de Ricardo Humberto Maceda Centellas y Katia Valeria Muñóz Vera, que fue registrada en DD.RR., bajo la matrícula 2.01.0.99.0079263 (fs. 6), la cual posee el certificado de registro catastral 2 01 024 0009 0017 05 0047, y consigan una superficie de 56,79 m2, de manera coincidente a la superficie consignada en el matrícula (fs. 8).