SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2891/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2891/2010-R

Fecha: 17-Dic-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes, ahora accionantes, alegan la vulneración a sus derechos “a la seguridad jurídica”, a la propiedad y al debido proceso, pues estando en pacífica posesión de las oficinas 506 y 507, que adquirieron mediante escrituras públicas 86 y 84 de 6 y 7 de diciembre de 2007, habiendo inscrito su derecho propietario en la oficina de DD.RR. bajo las matrículas 2010990079261 y 2010990079263, el 4 de junio de 2008, fue dejada en su ausencia, una notificación del Juzgado Séptimo de Partido en lo Civil, respecto de un mandamiento de desapoderamiento en contra de las citadas oficinas 506 y 507, ubicadas en el quinto piso del edificio “De Ugarte Ingeniería”, calle Loayza 255, en ejecución de la sentencia, pronunciada dentro del fenecido proceso ejecutivo seguido por Mery Luz Sassarini Martínez contra la empresa UNICORP S.R.L., del que no fueron parte, por lo que  no pudieron ser oídos ni vencidos en un juicio, que además, está concluido. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos demandados son evidentes y si es pertinente otorgar o denegar la tutela solicitada.