SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2891/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2891/2010-R

Fecha: 17-Dic-2010

II.2.

II.2.  De igual forma, de la escritura pública 86/2007 de 7 de diciembre (fs. 4 a 5), se advierte que Claudia Carolina Lema Imaña -quién adquirió dicha oficina mediante escritura pública 434/2003 de 21 de noviembre, de Luis Adolfo De Ugarte Navia (fs. 53 a 54 vta.)-, transfirió la oficina 506, del quinto piso del edificio “De Ugarte Ingeniería”, ubicado en la calle Loayza 255 de la ciudad de La Paz, a favor de Ricardo Humberto Maceda Centellas y Katia Valeria Muñóz Vera, la cual fue registrada en DD.RR. bajo la matrícula 2.01.0.99.0079261, con una superficie de 38,40 m2 (fs.  7), advirtiéndose que dicha propiedad cuenta con el certificado de registro catastral 2 01 024 0009 0017 05 0046, en el que se consigna la misma superficie que está registrada en la matrícula (fs. 9).