Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2010-R
Fecha: 06-Abr-2010
II.8.
II.8. Por memorial presentado el 3 de septiembre de 2007, el ahora accionante, (recurrente), solicitó la cesación de la detención preventiva de su esposa y representada, Santusa Mamani Corani, emitiendo la Jueza cautelar la providencia de 4 de ese mes y año, señalando audiencia para su consideración el 20 de septiembre del mismo año a horas 10:30 (fs. 66 a 67).
- recurso de
- Pedro Ruiz Maldonado Sub-oficial asignado al caso,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades o personas demandadas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de hábeas corpus
- 1)
- a)
- Fragmento 8
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2 Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7. Excepción a la regla de subsidiariedad del hábeas corpus
- III.8. Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- APRUEBA