Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2010-R
Fecha: 16-Abr-2010
II.7.
II.7. El recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, fue presentado ante la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz el 22 de agosto de 2007, siendo remitido por razón del territorio al asiento judicial de El Alto, donde se recepcionó el 24 del indicado mes y año, siendo notificadas las autoridades demandadas en la misma fecha, a horas 16:40.
- del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso, ahora acción de libertad
- I.1.3. Autoridades o personas demandadas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- 1)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3.
- III.4. Sobre la celeridad procesal en las decisiones vinculadas al derecho a la libertad
- III.5.
- III.6.
- III.7. Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- APRUEBA