SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2010-R
Fecha: 16-Abr-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El ahora accionante, alega que las autoridades demandadas, han vulnerado el derecho a la libertad de su representado, toda vez que solicitó al Tribunal Tercero de Sentencia de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, expida el mandamiento de libertad al haber cumplido con las medidas sustitutivas que le impusieron en apelación y no obstante de ello condicionaron su petición en primer término a la presentación del certificado de arraigo, luego a la consideración de la revocatoria de dichas medidas que fue solicitada por el Ministerio Público, que al ser rechazada, dilatando aún más su privación de libertad, dispusieron previamente la verificación de su actividad laboral, exigencias que no estaban contempladas en la Resolución que concedió la cesación de su detención preventiva. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para otorgar o no la tutela solicitada.
- del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso, ahora acción de libertad
- I.1.3. Autoridades o personas demandadas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- 1)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3.
- III.4. Sobre la celeridad procesal en las decisiones vinculadas al derecho a la libertad
- III.5.
- III.6.
- III.7. Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- APRUEBA