Sentencia: 0124/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0124/2010-R

Fecha: 28-May-2010

Fragmento 13

           Ahora bien, en la Sentencia que motiva la presente disidencia, se constata que el limite señalado por la jurisprudencia entre la jurisdicción ordinaria y la justicia constitucional no ha sido observado; pues si bien era posible pronunciarse sobre la falta de compulsa de ciertos actuados dentro del proceso penal para determinar si procedía o no la extinción de la acción penal, en cumplimiento de la SC 101/2004 y el AC 079/2004-ECA, en mérito a que en el recurso de amparo constitucional precisamente se denunció dicho extremo; empero, su competencia se reducía a establecer la falta de valoración de dichos actuados en la Resolución, otorgando la protección por dicho motivo y no a examinar la prueba y menos concluir sobre el fondo de la determinación.