Sentencia: 0124/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0124/2010-R

Fecha: 28-May-2010

Fragmento 15

Otra de las autorestricciones que se ha impuesto el Tribunal Constitucional, como un límite con la jurisdicción ordinaria es la no interpretación de la legalidad ordinaria.  Efectivamente, de acuerdo a las SSCC 1846/2004-R, 1917/2004-R, 792/2005-R, 718/2005-R, 35/2006-R,  la labor interpretativa de las normas legales ordinarias corresponde a los jueces y tribunales de la jurisdicción ordinaria, y sólo en los casos en que dicha interpretación hubiere vulnerado el sistema de valores, principios, derechos y garantías constitucionales -que se constituyen en la base del sistema constitucional boliviano- corresponde que a la justicia constitucional ingresar al análisis de la interpretación efectuada por los jueces y tribunales ordinarios.