Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0076/2010-R
Fecha: 03-May-2010
II.5.
II.5. El 24 de septiembre de 2007, la actora planteó ante el Juez recurrido, recurso de apelación contra las Resoluciones de control jurisdiccional por defectos absolutos y de detención preventiva, pidiendo copia simple y legalizada de todo lo actuado en su despacho en relación a su caso (fs. 35 a 40 vsta.).
Por Auto de 25 de septiembre de 2007, el Juez recurrido, concedió la apelación incidental planteada, disponiendo se remitan obrados originales al superior en grado. De igual forma, en el otrosí segundo dispuso que por Secretaría se le franqueen las copias simples y legalizadas de todo lo obrado (fs. 257).
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- procedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Armonización de terminología utilizada
- III.3. Del contexto normativo constitucional inherente a la problemática planteada.
- inmediatamente después, mientras es perseguido por la fuerza pública
- facultan a la Policía a aprehender
- III.4. Análisis del caso
- celeridad
- con la inmediatez necesaria, dentro de un plazo razonable
- III.6.
- deben ser remitidas ante la Corte Superior del Distrito en el término de veinticuatro horas
- III.7.
- II.8.
- POR TANTO
- 1. REVOCAR en parte