SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0080/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0080/2010-R

Fecha: 03-May-2010

estando en curso su tercera solicitud a objeto de que se reconsidere su situación jurídica relacionada a su libertad física,

         Empero, resulta que el mismo día 2 de octubre de 2007, estando en curso su tercera solicitud a objeto de que se reconsidere su situación jurídica relacionada a su libertad física, posterior a la Resolución judicial que ahora impugna -Auto de Vista 397/07 de 30 de mayo de 2007-, interpone el “recurso de hábeas corpus”, hoy acción de libertad, pidiendo se deje sin efecto la mencionada Resolución de 30 de mayo de 2007.

         Es decir, que de manera paralela ha activado esta acción de defensa, lo cual al margen de desnaturalizar la esencia y naturaleza jurídica de esta acción tutelar, como se tiene explicado anteriormente, provocaría un conflicto entre la jurisdicción constitucional y la jurisdicción ordinaria, lo cual neutraliza e impide ingresar al análisis de fondo de la problemática denunciada, y tampoco se ha constatado que esté en peligro su vida a raíz de esa situación, y si bien está privado de libertad, no es menos evidente que ha provocado una situación irregular y la dualidad de medios de defensa tendientes al mismo fin, y que en base a su pedido voluntario ante la autoridad de la jurisdicción ordinaria a cargo del control jurisdiccional de la investigación, -al menos hasta el momento de la interposición de la acción-, es a ella a quien le corresponde dilucidar su situación jurídica, no así al Tribunal Constitucional.