SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2010-R

Fecha: 04-May-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente alega la vulneración al debido proceso y a la seguridad jurídica por parte de las autoridades judiciales recurridas, por cuanto el Juez Cuarto de Ejecución Penal, sin recibir el mandamiento de condena y por tanto sin competencia, radicó la causa y a pesar de que reclamó esa anomalía a través de un incidente de nulidad, lo rechazó y concedió la redención de la pena a la sentenciada; por su parte, los vocales recurridos confirmaron el rechazo del incidente de nulidad. Consiguientemente, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales de la recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.