SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0104/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0104/2010-R

Fecha: 10-May-2010

Fragmento 15

Con carácter previo a resolver la problemática planteada, es preciso referirse al alcance de los supuestos de subsidiariedad excepcional del recurso de hábeas corpus, actual acción de libertad, pues a primera vista podría decirse que en el caso en análisis, el recurrente, ahora accionante, antes de solicitar la tutela constitucional, debió acudir al Juez cautelar, como autoridad competente en la etapa preparatoria a efectos de que ejerza el control jurisdiccional del proceso, o en su caso, ante el Tribunal de Sentencia, si la causa ya se encontraba radicada en esa instancia y en etapa de juicio oral; ello, en razón a que en el marco de las competencias y facultades que la ley les otorga, esas instancias se constituyen en medios de defensa eficaces y oportunos para conocer y resolver de manera directa y expedita las supuestas lesiones a los derechos y garantías constitucionales, entre ellos y con preminencia, el derecho a la libertad, conforme lo establecido en las SSCC 0160/2005-R de 23 de febrero; 0181/2005-R de 3 de marzo y 0997/2005-R de 22 de agosto, entre otras. Sin embargo, el entendimiento asumido en dicha jurisprudencia constitucional, ha sido modulado por este Tribunal a partir de la SC 0008/2010-R de 6 de abril, que en virtud a la vigencia del nuevo modelo constitucional y la naturaleza del recurso de hábeas corpus, actual acción de libertad, precisa los supuestos en los que procede o no su subsidiariedad excepcional; así, la referida Sentencia Constitucional, señala que: