SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0104/2010-R
Fecha: 10-May-2010
II.4.
II.4. Conforme el acta de 9 de octubre de 2007, el recurrente se abstuvo de prestar declaración informativa policial por incumplimiento de medida sustitutiva a la detención preventiva, acta en la que figura también el requerimiento emitido por el Fiscal recurrido, en sentido de que al estar el recurrente libre con medidas sustitutivas a la detención preventiva, a los fines de que el Tribunal de Sentencia, decida sobre la revocatoria de su libertad, debía ser puesto a disposición de ese Tribunal (fs.14). Por requerimiento de la misma fecha, el Fiscal recurrido, presentó al acusado ante el Tribunal de Sentencia de Buena Vista y solicitó revocatoria de medidas sustitutivas a la detención preventiva (fs. 20), sin que conste en obrados la recepción de dicha solicitud.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- “accionante”
- ordenar la tutela
- Fragmento 15
- III.3. Los supuestos de aplicación subsidiaria excepcional del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad, y el caso concreto
- cuando exista privación efectiva de libertad, por ser esta una causal grave, se entenderá que la vía procesal existente no es idónea, cuando se pruebe que una vez activados estos mecanismos procesales, su resolución y efectiva protección serán dilatadas, por ejemplo, por ser irrazonables los plazos de resolución; por existir excesiva carga procesal para una rápida decisión o ejecución de la decisión o por no cumplirse con los plazos para emisión de resoluciones establecidos por la ley.
- Fragmento 18
- III.4. Naturaleza de la revocatoria de medidas sustitutivas a la detención preventiva y autoridad competente para resolverla
- III.5. El caso en análisis
- Fragmento 21
- a través de resolución motivada y emitida conforme a los requisitos legales que la sustenten
- APROBAR