SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0113/2010-R
Fecha: 10-May-2010
Fragmento 1
En revisión la Resolución 28 de 22 de agosto de 2006 de fs. 209 a 211, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Pablo Stejskal Barcacia en representación de la Empresa Petrolera Chaco S.A. contra Jorge von Borries Méndez, Luis Johnny Vaca Diez Vaca Diez y Limberg Gutiérrez Carreño, Vocales de la Sala Social y Administrativa de la misma Corte Superior, alegando la vulneración de los derechos de la empresa que representa, a la seguridad jurídica, a la defensa, al juez imparcial y la garantía al debido proceso, consagrados en los arts. 7 inc. a) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg); ahora arts. 115.II y 120.I de la Constitución Política del Estado vigente (CPE).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso, ahora acción
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- concediendo
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- i)
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- "accionante",
- Fragmento 19
- improcedencia del amparo por los actos consentidos libre y expresamente;
- Esta causal
- el consentimiento expreso importa un acto positivo, concreto, libre e inequívoco, vinculado de manera directa a la actuación ilegal impugnada
- III.4.
- concedido
- REVOCAR