SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0113/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0113/2010-R

Fecha: 10-May-2010

i)

El recurrente, ahora accionante,  alega que las autoridades demandadas lesionaron los derechos de la empresa que representa a la seguridad jurídica, a la defensa, al juez imparcial y la garantía del debido proceso, por cuanto: i) Se produjeron dos notificaciones a la empresa que representa con el Auto de Vista y Auto complementario en el tablero judicial de Secretaría de Sala, la primera el 18 y la segunda el 25 de abril ambas de 2006, generando confusión aprovechada por la Administración Tributaria para obtener un Auto que declaró la ejecutoria  de las decisiones de segunda instancia; ii) No se consideró la jurisprudencia constitucional que establece que, las notificaciones con las resoluciones de segunda instancia deben realizarse en forma personal; iii) Su solicitud de nulidad de notificación fue respondida por decreto suscrito por un solo Vocal, y no mediante Auto motivado pronunciado por el cuerpo colegiado; y, iv) Radicada la causa en segundo grado, el vocal semanero dispuso vista fiscal el 15 de febrero de 2006,  sin remitir el expediente al Ministerio Público, y el 20 de marzo, el mismo vocal decretó: "Con el dictamen fiscal, Autos", sin que se haya notificado a las partes con ninguno de esos proveídos. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes y si corresponde otorgar la tutela solicitada.